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domingo, 9 de septiembre de 2012

Quisiera aclarar de una vez lo que dice en reglamento taurino según el articulo3.sobre el Personal que debe permanecer en los burladeros del callejón, eso si sin salir de ellos mientras esta el toro en el ruedo. Solo podrá autorizarse al personal auxiliar de la plaza y quienes realicen alguna de las funciónes o cometidos: Servicios Medicos, Veterinarios de Servicio, Apoderados, Empresario, Torileros, Portoneros, Carpinteros, Areneros, Ganadero, Mayoral, Aguaclillos, Mozos de Caballos, Mulilleros y Puntillero. Asi como los medios de Comunicación debidamente acreditados, los miembros de la Fuerza de Seguridad que esten de servicio en el espectáculo, se les garatiza la libertad de movimintos necesaria, para el servicio de sus funciones, sin necesidad de Autorizaciones previas. En las plazas de toros no permanentes y portatiles, la relación anteriormente citada no superará los quince pases, excluidas las cuadrillas.

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